La legislatura, en datos
Calendario electoral
Las Cortes se disolvieron el 6 de octubre de 2026 y las elecciones generales son el domingo 29 de noviembre de 2026. Estas son las fechas que fijan el decreto de convocatoria y la ley electoral, y en qué punto estamos hoy.
Datos a 6 de octubre de 2026
Faltan para el domingo 29 de noviembre
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Dónde estamos ahora
Cada fecha enlaza al artículo de la ley electoral (LOREG) o del real decreto de convocatoria que la fija. Los plazos de la ley electoral se cuentan en días naturales desde la convocatoria o hacia atrás desde el día de la votación.
6 de octubre
Disolución de las Cortes y convocatoria de elecciones
El real decreto se publica en el BOE y entra en vigor ese mismo día. Se abre el plazo para pedir el voto por correo.
Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, artículos 1 y 2 y disposición final única16 de octubre
Último día para comunicar coaliciones
Los partidos que quieran presentarse juntos deben comunicarlo a la Junta Electoral en los diez días siguientes a la convocatoria.
LOREG, artículo 44.2Del 21 de octubre al 26 de octubre
Presentación de candidaturas
Las listas se presentan ante las juntas electorales entre el día 15 y el día 20 después de la convocatoria.
LOREG, artículo 45Del 24 de octubre al 30 de octubre
Voto desde el extranjero: envío de la documentación
La Oficina del Censo Electoral envía de oficio la documentación a los españoles inscritos en el censo de residentes en el extranjero, a partir del día 18 y antes del día 25 después de la convocatoria.
LOREG, artículo 75.328 de octubre
Publicación de las candidaturas presentadas
Las listas presentadas se publican en el BOE el día 22 después de la convocatoria.
LOREG, artículo 47.12 de noviembre
Proclamación de candidatos
Las juntas electorales proclaman las candidaturas el día 27 después de la convocatoria, una vez corregidas las irregularidades.
LOREG, artículo 47.33 de noviembre
Publicación de las candidaturas proclamadas
Las listas que las juntas han admitido se publican el día 28 después de la convocatoria. Son las que estarán en las papeletas.
LOREG, artículo 47.5Del 4 de noviembre al 8 de noviembre
Voto desde el extranjero: envío de las papeletas
Las papeletas oficiales se envían entre el día 29 y el día 33 después de la convocatoria en las provincias donde nadie impugnó la proclamación de candidatos. En el resto, no más tarde del día 39.
LOREG, artículo 75.3Del 9 de noviembre al 22 de noviembre
Envío de la documentación del voto por correo
La Oficina del Censo Electoral envía por correo certificado las papeletas y los sobres a quien pidió votar por correo, a partir del día 34 después de la convocatoria y antes del sexto día anterior a la votación.
LOREG, artículo 73.2Del 13 de noviembre al 27 de noviembre
Campaña electoral
Quince días, desde las cero horas del viernes 13 de noviembre hasta las veinticuatro horas del viernes 27.
Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, artículo 419 de noviembre
Último día para pedir el voto por correo
La solicitud se puede hacer hasta el décimo día anterior a la votación.
LOREG, artículo 72Del 21 de noviembre al 26 de noviembre
Voto desde el extranjero: urna en los consulados
Quien vota en persona deposita su voto en la embajada o el consulado entre el octavo y el tercer día anteriores a la votación, ambos incluidos.
LOREG, artículo 75.424 de noviembre
Voto desde el extranjero: último día para enviarlo por correo
Quien vota por correo desde el extranjero envía el sobre a su consulado no más tarde del quinto día anterior a la votación. No valen los que lleguen después del segundo día anterior.
LOREG, artículo 75.7Del 24 de noviembre al 28 de noviembre
Prohibido publicar encuestas
Durante los cinco días anteriores a la votación no se pueden publicar ni difundir sondeos electorales en ningún medio.
LOREG, artículo 69.725 de noviembre
Último día para enviar el voto por correo
El voto se envía por correo certificado antes del tercer día previo a la votación, el 26 de noviembre, así que el último día para enviarlo es la víspera.
LOREG, artículo 73.328 de noviembre
Jornada de reflexión
La campaña termina a las cero horas del día anterior a la votación. Desde ese momento no se puede difundir propaganda electoral ni hacer actos de campaña.
LOREG, artículo 5329 de noviembre
Elecciones generales
Se eligen los 350 diputados del Congreso y los senadores de elección directa.
Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, artículo 24 de diciembre
Escrutinio general
Las juntas electorales hacen el recuento oficial el quinto día después de la votación.
LOREG, artículo 103.123 de diciembre
Sesiones constitutivas del Congreso y del Senado
Las nuevas Cámaras se reúnen a las diez de la mañana.
Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, artículo 5
Cinco días sin encuestas
La ley electoral prohíbe publicar, difundir o reproducir sondeos electorales en cualquier medio durante los cinco días anteriores a la votación: del 24 de noviembre de 2026 al 28 de noviembre de 2026, ambos incluidos. Las encuestas se pueden seguir haciendo; lo que no se puede es publicarlas.
Cómo lo hemos calculado
- 1La fecha de las elecciones, la campaña y la constitución de las Cámaras están en el Real Decreto 806/2026, de 5 de octubre, publicado en el BOE núm. 248, de 6 de octubre de 2026.
- 2El resto de plazos sale de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, que los cuenta en días naturales desde la convocatoria, el día en que el decreto se publica y entra en vigor, o hacia atrás desde el día de la votación.
- 3La cuenta atrás se calcula en tu navegador hasta las cero horas del 29 de noviembre, hora peninsular. «Dónde estamos ahora» usa la fecha de hoy en Madrid.
Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General (LOREG), texto consolidado
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