Información ESG
ESG
La divulgación de información medioambiental, social y de gobernanza por parte de las empresas, exigida por la CSRD a través de las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (ESRS) para las empresas de la UE y de fuera de la UE dentro de su ámbito de aplicación.
Definición Completa
La información ESG se refiere a la divulgación estructurada del desempeño, los riesgos y los impactos de una empresa en materia medioambiental, social y de gobernanza. En virtud de la Directiva de Información Corporativa en materia de Sostenibilidad (CSRD), la información ESG ha evolucionado de una práctica voluntaria a un requisito regulatorio integral para un amplio espectro de empresas que operan en la UE.
La CSRD se aplica de forma escalonada: desde el ejercicio 2024 para las grandes entidades de interés público ya sujetas a la Directiva de Información No Financiera (NFRD); desde 2025 para otras grandes empresas que cumplan dos de tres criterios (más de 250 empleados, facturación neta superior a 50 millones de euros, activos totales superiores a 25 millones de euros); desde 2026 para las pymes cotizadas, las entidades de crédito pequeñas y no complejas, y las empresas de seguros cautivas (con posibilidad de exclusión voluntaria hasta 2028); y desde 2028 para las empresas no pertenecientes a la UE con una facturación neta en la UE superior a 150 millones de euros y al menos una filial o sucursal en la UE.
Las empresas deben informar de conformidad con las Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (ESRS) adoptadas por la Comisión Europea como actos delegados. El primer conjunto de ESRS incluye dos normas transversales (ESRS 1 y ESRS 2), cinco normas medioambientales (que cubren cambio climático, contaminación, recursos hídricos y marinos, biodiversidad, y uso de recursos y economía circular), cuatro normas sociales (que cubren plantilla propia, trabajadores de la cadena de valor, comunidades afectadas, y consumidores y usuarios finales) y una norma de gobernanza (que cubre la conducta empresarial).
Los informes de sostenibilidad deben incluirse en el informe de gestión, publicarse en un formato digital legible por máquina (XHTML con etiquetado de taxonomía ESEF) y estar sujetos al aseguramiento limitado por un auditor independiente o un proveedor de servicios de aseguramiento. La CSRD representa un cambio de paradigma: de unas divulgaciones de sostenibilidad voluntarias, fragmentadas y heterogéneas a una información ESG normalizada, asegurada y digitalmente accesible que se sitúa en pie de igualdad con la información financiera.
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