Regulación Financiera

Autorización MiCA

MiCA

El proceso obligatorio de aprobación regulatoria bajo el Reglamento de Mercados de Criptoactivos que los emisores de tokens referenciados a activos y tokens de dinero electrónico, así como los proveedores de servicios de criptoactivos, deben completar antes de operar en la UE.

Definición Completa

MiCA (Reglamento 2023/1114) establece regímenes de autorización diferenciados para los distintos tipos de actividades relacionadas con criptoactivos. Los requisitos de autorización representan el enfoque integral de la UE para integrar la industria de los criptoactivos en un marco regulado, equilibrando la innovación con la protección del inversor y la estabilidad financiera.

Para los emisores de tokens referenciados a activos (ART), criptoactivos que pretenden mantener un valor estable mediante la referencia a múltiples monedas, materias primas u otros criptoactivos, MiCA exige la autorización de la autoridad competente antes de ofrecer los tokens al público o solicitar su admisión a negociación. La solicitud debe incluir un libro blanco detallado, una descripción de los mecanismos de gobernanza, el mecanismo de reserva de activos, los acuerdos de custodia y los procedimientos de gestión de reclamaciones. Los emisores deben mantener fondos propios equivalentes al mayor de 350.000 euros o el 2 % del importe medio de los activos de reserva.

Para los emisores de tokens de dinero electrónico (EMT), criptoactivos que pretenden mantener un valor estable mediante la referencia a una única moneda oficial, el emisor debe estar autorizado como entidad de crédito o como entidad de dinero electrónico. Los tokens de dinero electrónico se consideran dinero electrónico en el marco del derecho vigente de la UE, con requisitos adicionales específicos de MiCA.

Para los proveedores de servicios de criptoactivos (CASP), la autorización requiere demostrar el cumplimiento de requisitos organizativos, prudenciales y de conducta. La solicitud debe incluir un programa de actividades, evidencia de la honorabilidad y competencia de la dirección, prueba de fondos propios adecuados, y descripciones de los mecanismos de control interno, los sistemas informáticos y las medidas de seguridad. Las autoridades competentes disponen de tres meses para evaluar si la solicitud está completa, y posteriormente de otros tres meses para conceder o denegar la autorización. Las disposiciones transitorias permitieron a los CASP existentes que operaban bajo legislación nacional continuar operando temporalmente, pero todas las entidades deben obtener la autorización MiCA antes del plazo aplicable.

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